Reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras: Rusia, Unión Europea y Reino Unido

Reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras: Rusia, Unión Europea y Reino Unido

Publicado
septiembre 25, 2026
Autor
Khrabrykh S. A.
Idioma original
Español

El informe D-19 analiza cómo está cambiando en 2026 el reconocimiento y la ejecución transfronteriza de sentencias en Rusia, la Unión Europea y el Reino Unido. El estudio identifica dos procesos paralelos: por una parte, la expansión de mecanismos internacionales que facilitan la circulación de determinadas sentencias civiles y mercantiles; por otra, el establecimiento de restricciones adicionales para ciertos litigios relacionados con sanciones y conflictos entre jurisdicciones nacionales. ARGA_D-19_Foreign_Judgments_EN_…

Una de las distinciones fundamentales del informe es la existente entre reconocimiento, ejecución forzosa y recuperación efectiva. Que una sentencia extranjera sea reconocida no significa necesariamente que el acreedor vaya a cobrar. La existencia y titularidad de los activos, los derechos de terceros, las inmunidades y las restricciones derivadas de sanciones pueden impedir la recuperación incluso después de concluir favorablemente el procedimiento de reconocimiento. ARGA_D-19_Foreign_Judgments_EN_…

El informe presta especial atención al Convenio de La Haya de 2019 sobre sentencias. Para el Reino Unido entró en vigor el 1 de julio de 2025, creando una vía convencional adicional para determinados procedimientos nuevos. Rusia firmó el Convenio en noviembre de 2021, pero los materiales examinados no registran su ratificación ni su entrada en vigor para la Federación de Rusia. Hague Conference

En cuanto a Rusia, el estudio analiza los artículos 248.1 y 248.2 del Código de Procedimiento Arbitrazh, que establecen mecanismos especiales de jurisdicción y protección en determinadas controversias afectadas por medidas restrictivas extranjeras. Sin embargo, estas disposiciones no equivalen a una prohibición general del reconocimiento de todas las sentencias extranjeras. ARGA_D-19_Foreign_Judgments_EN_…

En la UE, las modificaciones adoptadas en julio de 2026 ampliaron las restricciones al reconocimiento y ejecución de determinadas decisiones judiciales y administrativas rusas vinculadas con relaciones afectadas por sanciones. Aun así, las normas mantienen requisitos personales y materiales específicos y no convierten todas las sentencias rusas en automáticamente inaplicables dentro de la Unión. ARGA_D-19_Foreign_Judgments_EN_… Eur-Lex

La conclusión central es que la posibilidad de ejecutar una sentencia extranjera no puede determinarse únicamente por su país de origen. Es necesario analizar el régimen jurídico aplicable, la fecha de inicio del procedimiento, la base de la jurisdicción internacional, las garantías procesales, las prohibiciones específicas y el régimen jurídico de los activos sobre los que se pretende ejecutar la sentencia.

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ARGA Observatory

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